El
derecho de un padre debe ser el mismo del de la madre. Pero mientras
a un hijo no sea dada a luz, este principio no tiene razón en
existir.
El
simple hecho de que es a la madre que cabe la responsabilidad de la
gestación debería ser suficiente para considerarla como la única
con potestad de llevarla adelante o no.
El
embarazo es una desigualdad ineludible que la naturaleza impuso entre
hombres y mujeres. En países como Uruguay, en que la ley permite su
interrupción voluntaria hasta las 12 primeras semanas, pretender que
un hombre pueda impedirla es no entender esta diferencia. Fue el caso
de la jueza de Mercedes Pura Concepción Book, que dio la razón a un
padre que reclamaba por la no interrupción del embarazo de la mujer
con quien vivía en concubinato.
Pero quizá lo peor es el contenido de la justificativa de la jueza, que hace referencia al feto como «un ser humano nuevo con derechos inherentes a su condición de tal protegidos legalmente» y que «la decisión de interrumpir al embarazo no atañe solo a su cuerpo sino que realmente también afecta a otro ser humano.» Es decir, claramente, poniendo sus convicciones personales por delante de la ley.
No
es fácil tener en la barriga durante nueve meses un feto a quien no
se desea tener como hijo, independientemente de los motivos, que
solamente deben decir respecto a la mujer que lo lleva en su vientre.
Si por casualidad, el embarazo no conllevase ningún tipo de
sacrificio físico o psicológico no estaría mal que su interrupción
también tuviese que contar con la anuencia del padre. Pero esto
jamás será posible. Siendo así, nada más justo que este, por más
que esté dispuesto a hacerse cargo de la crianza del hijo, como es
el caso, esté apartado de la decisión. Aunque pueda ser penoso para
él.
Ojalá
una nueva decisión judicial, puesto que la mujer presentó una
apelación, revierta el fallo de la jueza y que aquella pueda
ejecercer la libertad para abortar que ley en Uruguay les concede a
las mujeres desde 2012.
No hay comentarios:
Publicar un comentario